La enseñanza privada debe tener una función subsidiaria con respecto al servicio público y sólo se debería concertar una iniciativa privada allí donde no haya oferta pública (y hasta que esta exista), para garantizar así el derecho a la educación.
La enseñanza privada debe tener una función subsidiaria con respecto al servicio público y sólo se debería concertar una iniciativa privada allí donde no haya oferta pública (y hasta que esta exista), para garantizar así el derecho a la educación.
Ez dezagun erabili denon dirua beharrezkoa ez den hezkuntza-eskaintza pribatuan, auzoan edo herrian eskaintza publiko nahikoa dagoenean.